Algunos de los términos que como propietario de un inmueble hay que conocer es qué el usufructo y la nuda propiedad.
Ambos son términos que seguro que nos suenan, pero puede que no tengamos muy claro las implicaciones y beneficios legales con conlleva cada uno de ellos.
¿Qué son el usufructo y la nuda propiedad?
Los dos conceptos están relacionados pero cada uno tiene sus características propias. El usufructo es el derecho a disfrutar y usar una cosa. Por tanto, la persona que tiene el usufructo, el usufructuario, tiene derecho a recibir los frutos, rentas, intereses y beneficios que genere dicho bien.
Aplicado este término a un bien inmueble supondría que el usufructuario puede vivir en el edificio y/o alquilarlo y beneficiarse de los ingresos que esto genere.
Asimismo tener el usufructo supone también unas obligaciones. En concreto, hay que tener en cuenta que todos los contratos y acuerdos que se realicen acabarán cuando termine el usufructo.
Por otro lado está la nuda propiedad que se podría resumir como ejercer la titularidad sobre una cosa, pero si el derecho a disfrutarla.
El nudo propietario es el dueño de la cosa, pero no tiene facultades para el disfrute de la misma mientras dure el usufructo. Es decir, sus facultades están muy reducidas y no tiene prácticamente nada. Por eso se entiende el término nuda propiedad como propiedad desnuda.
Solo cuando la nuda propiedad y el usufructo coinciden en una persona es cuando se tiene el pleno dominio de la misma.

Usufructo y nuda propiedad como opción para edificios de viviendas
Cuando se habla de propietarios de edificios de viviendas pueden ser propietarios solo de la nuda propiedad o propietarios de pleno dominio.
Cuando sucede esto último, el dueño puede gestionarlo a su gusto, recibiendo todos los beneficios que genere, pero también asumiendo todas las obligaciones y gastos que una propiedad ocasiona.
Por este motivo puede darse la situación de que le interese vender la nuda propiedad del edificio quedándose con usufructuario de la misma.
Esta fórmula permite disponer del dinero de la venta del edificio, que además se recibe de una sola vez en el instante que se cede la nuda propiedad, y seguir disfrutando y viviendo en el inmueble.
Ventajas de vender la nuda propiedad
En resumen, vender la nuda propiedad permite recibir una compensación económica y seguir disfrutando de su propiedad en usufructo.
Además, como usufructuario puede alquilar el edificio o las viviendas y recibir el dinero de las rentas. También se puede vender el usufructo a una tercera persona y obtener así otro ingreso.
El usufructo puede ser usufructo vitalicio, es decir solo termina con el fallecimiento del usufructuario o puede ser un usufructo con término, con una fecha determinada.
Otra ventaja que proporciona vender la nuda propiedad de un inmueble es que los gastos son menores. Como usufructuario solo hay que hacerse cargo de los gastos ordinarios: agua, electricidad, gas…. Mientras que la persona o inversor que ostenta la nuda propiedad tiene que hacerse cargo de los pagos del IBI, derramas y gastos extras que genera el inmueble.
Teniendo en cuenta esta información puede plantearse qué fórmula resulta más adecuada y ventajosa para el propietario en pleno dominio de un edificio de viviendas.